Propuestas de mejora al Proceso Laboral Peruano

Teniendo en cuenta que, el proceso laboral es un proceso modelo en el que se suelen aplicar primero las innovaciones para posteriormente poder transferir los principios y experiencias a los otros tipos de procesos (laboral, comercial, familia, etc), no encuentro algún otro principio que se pueda aplicar al misma de los que ya tiene, pero si que se podría mejorar algunas cuestiones para maximizar estos principios, a continuación, algunas ideas que se podrían implementar para maximizarlas:



 

 

Demandas orales:

Para maximizar el Principio de rapidez y oralidad del proceso, se puede optar por dar a los trabajadores de realizar sus demandas oralmente, siendo el secretario o asistente del juzgado de trabajo quien plasme lo demandado en un acta (que valdría como la demanda misma) y esta pueda ser trasladada al demandado (empleador) a fin de que la conteste, de este modo se incentivaría a los trabajadores a reclamar lo que les corresponde de una manera simple.

 

Procesos de instancia única.

Principio de celeridad o rapidez, cómo decía Russomano, el hambre no respeta los plazos del proceso, y tomando en cuenta que aún cuando el proceso laboral en teoría podría ser resuelto en menos de un año, la experiencia nos dice que no es así, y esto en gran medida debido a la impugnación de la sentencia de primera instancia, e incluso, en lo que respecta a procuradurías del Estado, incluso llevan los casos mediante casación a la suprema, aún sabiendo que no les corresponde la razón, y lo hacen solo para dilatar las controversias, y con ello postergar posibles reparaciones o reposiciones que hubiese lugar; derechos que en el caso del trabajador puedan resultar urgentes, pues en muchos casos se trata de la subsistencia de estos y su familia.

Una solución intermedia también podría ser que, en caso se declare fundada la demanda en primera instancia para el trabajador, la apelación sea sin efecto suspendido, esto es que se ejecute directamente posibles reparaciones o ejecutarse la reposición del trabajador al centro de labores; en esta línea, otra posibilidad sería que en caso haya en primera y segunda instancia una sentencia favorable para el trabajador no sea posible usar el recurso de casación por parte del empleador.

 

Tasas gratuitas también para el empleador.

Relacionado con el principio de gratuidad e igualdad, si bien para el trabajador las tasas son gratuitas, para el empleador no, y esto podría cambiarse en el caso de el empleador tenga razón, pues sería el trabajador que indebidamente, o incluso dolosamente, lleva al empleador a juicio; me parece que en este caso podría plantearse la devolución de las tasas al empleador o bien no cobrárselas hasta el final en caso este pierda el caso.

 


Para la Maestría en Derecho Procesal USMP – JPMV

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